O de un asunto que cuando menos, no está claro del todo.
En La Provincia,
Resumiendo: un “señor” que (textualmente) “harto de sufrir las dificultades del mercado inmobiliario, pretende ahora recuperar la inversión realizada hace cuatro años, cuando adquirieron la vivienda“ valorada, según él en 360.000 euros. Para lo cual se ha inventado un sorteo donde (textualmente de nuevo) “el ganador conseguirá las llaves de una vivienda libre de gastos ubicada en la zona del centro comercial Faro II de Maspalomas, de 90 metros cuadrados de superficie y sobre una parcela de 213 metros cuadrados“.
Para ello este individuo pretende colocar 29.500 participaciones a 39 euros cada una. Como todos aprendimos a multiplicar, veamos, 29.500 × 39 euros = 1.150.500 euros. Pero, ¿no pretendÃa sólo recuperar la inversión realizada hace cuatro años? Los 790.500 euros de diferencia ¿quién se los queda? Sé, que si al final todo es legal, el pellizco de impuestos a liquidar es elevado, pero aún asà la ganancia puede ser suculenta.
Continúa diciendo este filántropo inmobiliario: “es importante dejar claro que la casa está libre de cargas, sin hipoteca, ni impuestos pendientes y nosotros asumimos el porcentaje de hacienda“. Duda: El hecho de realizar un sorteo de una vivienda, ¿lo sabe la Agencia Tributaria, o mejor no decÃrselo?
Queriendo darle ¿seriedad? al asunto también se afirma: “El sorteo se realizará el próximo 16 de noviembre ante notario y se grabará en vÃdeo para su emisión por Internet.“. ¡Vaya! Tengo un conocido que afirma: “los notarios no dan fe de nada, simplemente la venden“. Estoy ansioso por ver el vÃdeo del sorteo, ¡si alguna vez ocurre!
No contento con el tufillo a tocomocho de toda la historia, existe una página con ¿información? del sorteo: www.tontonosoy.com (¡tela con el nombre!), donde aparte de las fotos de la vivienda y de numerosas faltas de ortografÃa, no aparece ninguna referencia a la legalidad y/o autorización para realizar la rifa.
Cuando se accede al apartado “Aviso Legal” (¡qué cachondo!), de la página, las luces de emergencia sobre estafas se ponen a funcionar al máximo. Recopilo, tal y como aparecen, alguno de los puntos dentro del citado apartado, y las dudas que me generan su lectura:
LIQUIDACIÓN RETROACTIVA. En caso de que hasta la fecha iniciada no han sido vendidos todas las rifas y el sorteo no se efectuá.
Las cantidades pagadas de las rifas seria abonada en la cuenta del comprador sino la deducción de los derechos de emisión (notario, la transformación y los gastos de publicidad).
Ademas todos participan al segundo premio de un Crucero mediterránea para 2 personas.
¿Si no vende todas la rifas no hay sorteo? ¿”Un Crucero mediterránea“ de segundo premio? ¿Por qué me ha venido a la cabeza aquel capÃtulo de Los Simpsons sobre el monorail?
VISITAS. No será posible hacer citas para visitar el inmueble.
¡Ah! ¿No puedo ver lo que “me venden” tan fácilmente?
DERECHO APLICABLE Y LUGAR DE JURISDICCIÓN. Queda excluida la vÃa judicial.
¿Queda excluida la vÃa judicial? ¿Qué es esto? ¿La U.R.S.S. de Stalin?
Por seguridad no aceptamos tarjetas de crédito. Solo transferencias bancarias o ingresos directos.
¿Por seguridad de quién?
Ojalá me equivoque, y rectificarÃa sin dudar todo lo escrito, pero, algunos tienen un morro y una caradura muuuuuuuuy grande.


Eso ya lo intentó uno en Madrid y la policÃa le paró los pies porque, obviamente, era una estafa al tratarse de un sorteo sin ningún tipo de garantÃas legales.